viernes, 23 de febrero de 2018

AMPLIACIÓN DEL TEXTO DE LA PROHIBICIÓN DE EDUCACIÓN POSITIVA.

Este texto fue enviado a los órganos directivos de F.E.C.C., por el mismo grupo de asociaciones y criadores, que apoyaron la petición de la prohibición de educación negativa,  el 07 de julio de 2017, ante los hechos acaecidos en la asamblea celebrada días antes.

Presidente de la Federación Española de Canarios de Canto.

Estimado Presidente.


Con motivo de la celebración el pasado día  02 de julio actual, de la Asamblea General Ordinaria de nuestra Federación, y en relación a la propuesta enviada y apoyada por un número considerable de asociaciones  y criadores que las respaldan,  y ante lo acaecido en la misma. nos gustaría hacerle, y con animo constructivo, una serie de apreciaciones con la finalidad de que fuesen estudiadas.

Hemos demostrado desde el comienzo, que nuestra actuación se ha basado en principios de buena fe y colaboración. Nuestra convicción es y será, que cuantas mas personas tuviesen la oportunidad de dar su parte de verdad sobre este tema, mas enriquecedor sería el resultado final, y le diría mas, hemos sido todavía si cabe mas cuidadosos y escrupulosos en cuanto a lo anterior, con los órganos que rigen nuestra federación,  con los cuales hemos actuado de una forma recta y honesta. Muestra de ello es el tiempo que hemos dado a todos para que preparasen su argumentarlo, varios meses, o en contra o a favor,  o el hecho de irles enviando  los borradores iniciales y la propuesta final, incluso antes de ser presentados de forma oficial. Desde este punto de vista,  y atendiendo al carácter plural que hemos querido expresar, nuestra actitud se ha basado en principios básicos que buscaban el mayor consenso, rapidez y eficacia con el menor desgaste posible para la federación. Hemos dado la suficiente publicidad de cara a que estuviesen informados los órganos competentes de la federación y asociaciones, y con el tiempo suficiente; hemos intentado ser integradores, y hemos dado la posibilidad a todo el que ha tenido la  voluntad de dar su punto de vista, de hacerlo, intentando con ello colmar un vacío histórico que hay en nuestro ordenamiento, y que pasada esta asamblea, aún persiste.

Para nosotros, esta cuestión es un tema de prioridad máxima, pues entendemos, y nuestra historia lo hace y nos da la razón, a este pájaro como NO EDUCADO, y seguiremos intentando obtener el mayor número de apoyos posibles para que sea reconocido así.  Hemos intentado cubrir un vacío histórico, y  nuestra petición entendemos que es mucho mas que una cuestión técnica, ya que abarca aspectos morales, culturales, de igualdad, de reconocimiento histórico, y otros, tan importantes o mas que el primero. Visto el desarrollo de la asamblea, creemos que esos principios básicos y generales a los que aducíamos, no han sido tenidos en cuenta,  y nos vemos abocados a alargar este tema en el tiempo, algo que no es para nosotros ni para nadie, ni eficaz ni deseable.

Bajo el paraguas de las “cuestiones técnicas”, no tienen cabida todas aquellas que de una forma arbitraria, así se estime por alguna parte, o  no hayan sido presentadas por la parte ejecutiva. No pueden coartar los derechos de las asociaciones de este modo, dilantándolos en el tiempo, solicitando  siempre  amparo a esa llamada cuestión técnica. Porque el bien superior de nuestros estatutos no es ese, sino el de servir al intereses general de las asociaciones que forman esta federación. Y si esos estatutos no sirven a éste, sino que lo que hacen es entorpecer el normal derecho de petición de las asociaciones, dándole el poder absoluto a un órgano de la federación, que puede hacer y deshacer de forma absoluta,  pues habrá que solicitar la modificación de esa parte, o crear otros órganos, etc., y de otras que son manifiestamente mejorables y que permiten situaciones no deseables que convierten a unos pocos, en el todo, e intentar subsanar esa cuestión. 

Les volvemos a repetir, esta propuesta es mucho mas  que una cuestión técnica y sus planteamientos no eran ni arriesgados ni irracionales Venia a intentar cubrir un vacío que ya  debiera haberlo sido hecho con anterioridad, y que si no lo es hoy, seguro que serán acogidos en el mañana, sino de nada habrá servido todo lo andado. El Canario Timbrado Floreado, sin el reconocimiento a su singularidad de pájaro NO EDUCADO, es nada, pasando a ser algo caótico. La forma mas racional de perfeccionarlo es reconociéndolo en su integridad y dotándolo de la identidad propia que posee.

Si tras los informes o consideraciones de la comisión técnica en la parte que les concierne, que entendemos que no puede referirse al todo, y de otros que se pudiesen considerar, nuestra solicitud no es apoyada de forma mayoritaria por éstos, y obviando, pues desconocemos la redacción del acta de la ultima asamblea efectuada,  pero si somos conscientes del numero de asociaciones que apoyan esta causa, y nos debemos al apoyo social que esta a favor de introducir estos cambios, o durante este periodo de tiempo surge otra propuesta sobre esta cuestión, que entendamos  sea mas beneficiosa para el colectivo en general que la nuestra, no le quepa la menor duda, que o bien. estudiaremos con mucho detenimiento  lo primero,  o apoyaremos de una forma activa, lo segundo. Somos conscientes de que todo es mejorable, pero hay que buscar para hallar, y se halla debatiendo, no vetando.

La propuesta es mucho mas que una cuestión a debatir en el orden técnico y aun teniendo esa mínima parte, mostramos nuestro desacuerdo en la utilización como parapeto para no someterla a voto, el argumento esgrimido.

Si nuestra historia dice que el Canario Timbrado Floreado es un pájaro NO EDUCADO, ¿que parte técnica hay que debatir sobre eso, de nuestra proposición?

Si nuestro código ya asocia a determinadas conductas prohibidas, una determinada sanción en el caso de que se infrinjan, y éstas, se toman bajo estrictos criterios de subjetividad, es difícil sostener, que en este caso, éstos haya que debatirlos con anterioridad, como algo técnico, en todo caso, su debate se deberá formular en la asamblea, y mas, como una cuestión a aprobar o a denegar, pero no como medida para intentar frenar una votación.

Para nosotros, tan enriquecedores son los argumentos tanto a favor como en contra de la misma, pero nos hubiera gustado un espíritu distinto, que el simple de la utilización del art. 6.e de nuestros estatutos, por lo anteriormente citado.

Bajo ese punto de vista,  el de la argumentación del orden técnico aducido por esa junta directiva, al amparo del  desarrollo del   articulo 6. en su apartado e),  de los estatutos de nuestra federación, y su ambigua redacción, su utilización como comodín, es un cajón de sastre que restringe en gran medida o hace  muy difícil que las asociaciones que promueven alguna cuestión, puedan llegar a desarrollar su normal derecho de petición, pues lo ralentiza en primera instancia hasta extremos insufribles, y obliga a un esfuerzo extra a todas las partes. Dilaciones en el tiempo de como mínimo un año, como las que nos ocupan, entendemos que son aspectos muy  a mejorar, mas teniendo en cuenta el tiempo con el que la dimos a conocer.

Seria deseable, y  aun siendo conscientes de la independencia necesaria de ese órgano técnico a la hora de formular sus conclusiones, en la parte que le pudiese corresponder, darle, o una nueva redacción a esa cuestión estatutaria, o algo tan simple como  modificar las fechas de reunión del mismo, con el objeto de que las asociaciones que deseasen presentar determinadas propuestas a votación en la asamblea que se celebra en los meses de junio/julio tuviesen el derecho de obtener una respuesta a su solicitud, de forma rápida, en esa misma asamblea, y que pudiese ser votada por el órgano de máxima representación de ésta, al cual todos debemos acatamiento, y por encima del cual, y en el orden interno, no hay otro superior.

También seria deseable que se acotaran de una manera eficaz lo que se entiende por “cuestión técnica”.

Con el actual sistema, esa figura pasa a tener mas un carácter de “juez lentificador” que dificulta que determinadas propuestas, todas aquellas, que o bien como la nuestra tenga una mínima  parte técnica, o lo sean en su totalidad, o una asociación o la junta directiva la utilicen como forma de “bloqueo”, en un asamblea general,  puedan ser votadas en primera instancia y les otorga en un primer momento un carácter que entra en colisión con  el órgano de máxima representación de la federación, la asamblea, al cual, por obligación deberán someterse. Su utilización, puede llegar a ser una cuestión mas entorpecedora, de ganar tiempo,  que otra cosa, lo que nos ocasionara mas de un conflicto real 
¿ Es licito que un órgano técnico restrinja o lentifique hasta tal punto las  garantías o toma de decisiones de una asamblea? 

En cuanto a nuestra petición, si bien ese articulo faculta de forma exclusiva al Colegio de Jueces, como “órgano técnico” a la mejora y perfeccionamiento de los estándares, no es menos cierto que ese mismo articulo, en su apartado g) de los fines, faculta a la Federación en general a realizar tareas similares, y la federación se compone de asociaciones, pero  da la sensación de que los asociados solo tienen obligaciones, y que cuando intentan ejercer los derechos que les son inherentes, siempre se topan con las famosas “cuestiones técnicas”.

Los estatutos y las normas complementarias que rigen nuestra federación no pueden ser solo normas sin vida que sean esgrimidas por las partes, sino que deben ajustarse a los elementos sociales, culturales y de valores morales que pretende impulsar la misma. Desde esa perspectiva nuestra petición intenta corregir y poner en valor unos determinados modelos de valores y llenar un vacío histórico que asegure lo enseñado por los precursores de esta forma de entender la canaricultura, y lo consagren como resultado final. Todo esto queda perfectamente reflejado en la propuesta, pero por si queda alguna duda al respecto, volvemos a insistir en lo mismo.

En cuanto a  nuestra propuesta, los aspectos, tanto culturales, sociales, como históricos, son  como mínimo iguales o mas importantes que los técnicos, y estos entendemos que no tienen cabida en ese articulo de nuestros estatutos, por eso nuestra extrañeza al esgrimir el mismo como única base del argumentario de  la junta directiva que usted preside, y mas aun, dadas las facilidades y muestras de colaboración que hemos dado a todos los organismos que de una forma u otra pueden ser participes de la misma. Esperábamos algo mas.

Queremos volver a recordarle el extenso periodo de tiempo que indicamos para el desarrollo de la misma, y el tono conciliador, basta con leer las paginas 05 y 06 de la misma, por lo que permítanos que le mostremos nuestra inquietud al respecto, ante la argumentación esgrimida y los hechos acaecidos en la asamblea.

Si es cierto que existe el aspecto técnico que se deberá regular. y tendrá un determinado significado posterior, sobre la conducta de los posibles infractores, pero no es menos cierto, que la carga histórica y axiológica de la propuesta es una aspecto mas importante que el anterior, y que debe marcar que se debe hacer o no se puede hacer, y ahí, no hay información técnica posible a realizar, pues ese acto de prohibición de la utlizacion de medios que favorezcan la copia, ya se presupone de antemano en ese tipo de canario.

Otra cosa que nos preocupa, es el hecho de que se intente enfocar la cuestión exclusivamente desde un punto de vista sancionador, y que se aduzcan catástrofes de magnitudes bíblicas si  ésta se pone en practica por quienes tienen la obligación de hacerlo.

Si algo desprende la propuesta es una confianza plena y ciega en el colectiva de jueces, pues les damos la potestad absoluta, en un punto de la misma, de ser ellos, sin necesidad de otra cuestión, que su saber y experiencia de poner en practica la parte  sancionadora. Pero como eramos conscientes de que existía un debate, dimos la posibilidad a los que no piensan así de que expresaran su desacuerdo votando uno de los dos apartados de la propuesta, o votando en contra. 

Nuestro reglamento de canto ya contempla medidas sancionadoras. El mismo dice: 

“En cuanto a los motivos de descalificación, dice: “4.-MOTIVOS DE DESCALIFICACIÓN. 4.1 Motivos de descalificación derivados del Reglamento del C.N.J./F.E.C.C.. a) Ejemplares desprovistos de anilla. b) Llevar anilla de diámetro no reglamentario que pueda ser extraída de la pata del animal sin dañarla. c) Presentar señales capaces de identificar al criador. d) Ser portador de más de una anilla. 4.2 Motivos de descalificación derivados del Código de Canto. Será motivo de descalificación, además de los genéricos comunes contenidos en el Reglamento del Colegio Nacional de Jueces, cualquier carácter en el fenotipo del ejemplar que lleve al juzgador a la creencia de que es producto del cruce con otra raza. Se consideran indicios de cruce con otra raza. a) Acusar en el fenotipo plumas rizadas que pongan en evidencia un posible cruce con canarios de Postura Rizada. b) Acusar Factor Rojo. c) Presencia, en la forma de emisión o en la composición de la canción, de un exceso de características propias de otras razas de canarios de canto. d) Cualesquiera otras que se pudieran aprobar por la Asamblea General de la Comisión Técnica. “

Bajo ese prisma,  es posible que exista el error en la descalificación de un ejemplar por el motivo del punto 4.2.c., como también es algo posible que lo existiese bajo la petición de nuestra propuesta. El riesgo existe, pero no es mucho mayor que el puede haber hasta ahora, y para tomar esa decisión, en lo regulado a día de hoy, solo existen criterios subjetivos de actuación, sin embargo, nosotros introducíamos la posibilidad de utilización de medios de prueba, de una serie de formalidades a tener en cuenta, que la hacían mucho mas garantista que lo que hay en la actualidad, y no porque fuese nuestra posición, sino porque creíamos que era necesario que las asociaciones se expresasen al respecto.

El problema no es nunca la herramienta a utilizar, sino la utilización que se haga de ella. Hasta la fecha el apartado 4.2.c, ha sido desarrollado de una manera exquisita por el colegio de jueces y no tenemos ninguna duda al respecto de que si se se aprueba esta propuesta, su aplicación sera aplicada de la misma forma.

Al igual que las disposiciones a las que hemos referencia en los párrafos anteriores, tienen una obligatoriedad y su incumplimiento debe de conllevar una sanción, no tendría sentido introducir una nueva obligatoriedad en el sentido de prohibición, y no dotarla de su correspondiente carácter. De hacerlo así, es decir, una prohibicion que no acarrea una sanción, ¿ porque mantener las otras?

Si lo que se pretende es hacer solo una mera declaración de intenciones que no comprometa a nada, o una formulación de buenos deseos que la gente debe tener en cuenta, entendemos que eso no hace justicia a la historia de este pájaro, y al igual que cuando se formularon los motivos actuales de descalificación, a cada circunstancia a prohibir se le otorgo su correlativa sanción, en este caso no puede ser menos. Si en la actualidad existe un supuesto que ya contempla una descalificación, otro supuesto semejante, debe contenerla de igual forma.  Si el supuesto de un posible cruce con otra raza de canarios de canto, algo ya  prohibido,  contempla la consecuencia de una sanción, el supuesto de la posible utilización de medios de educación positiva, algo a prohibir por una cuestión histórica,  debe contemplarla igual.  Todo hecho debe contener su consecuencia.

Todas las hipótesis de conductas a prohibir, ya contempladas en el código,  si se producen,  tienen un consecuencia correlativa. Si nace una nueva consecuencia debe nacer algo que materialice su incumplimiento, es algo básico.

La propuesta es mucho mas que un régimen sancionador.  Si bien, creemos que este es de carácter obligatorio, mas que nada porque ya esta  incluido en otros aspectos, y  porque esta forma de corrupción canaril debe ser atajada de una forma rápida,  ya que de no hacerlo  las consecuencias a futuro serán nuestro principal problema. Hay que salvaguardar a toda costa los principios éticos de ejemplaridad  e igualdad que sobre este tema nuestros mayores nos han enseñado, y hay, cuestiones técnicas no apreciamos por ningún lado. 

Al respecto, y pidiéndole excusas por lo extenso del texto, le remitimos  un texto que entendemos se refleja, al igual que lo hace nuestra propuesta, que esto es mucho mas que una cuestión técnica, y que nuestra preocupación va mas allá de una cuestión sancionadora. 

“CANARIO TIMBRADO FLOREADO Y NO EDUCACIÓN. RAZONES PARA MODIFICAR EL CÓDIGO DE CANTO DEL CANARIO TIMBRADO FLOREADO. 

La separación que se ha producido en el Canario Timbrado Español, a instancias de F.E.C.C., en dos variedades, a saber, la  mas antigua en el tiempo, si atendemos exclusivamente a criterios estrictos de reconocimientos federativos, el  Canario Timbrado Original, y la mas moderna, el Canario Timbrado Floreado, ha levantado muchas expectativas, que entendemos deben de acompañarse de una serie de modificaciones en el actual código de canto, una de las cuales, la principal, y  sobre la que deben triangular todas las demás, debe ser la inclusión de la PROHIBICIÓN DE EDUCACIÓN para el Canario Timbrado Floreado. Si analizamos esta cuestión desde el prisma de los criadores del ahora llamado Canario Timbrado Floreado, nuestra existencia,  tan antigua como la reconocida en primer termino, esta dotada de unas particularidades que no han variado desde su origen, como si lo han hecho en el original, y que hay que  subrayar. Una de ellas, es la referida a la prohibición de métodos de EDUCACIÓN POSITIVA mediante tutores o medios tecnológicos. Teniendo en cuenta que ambas denominaciones comparten el sustantivo “Timbrado” hay que delimitar y reflejar en nuestro código de canto, nuestra particularidad mas significativa, como es la PROHIBICIÓN DE EDUCACIÓN,  y no dejar dudas al respecto, que permitan caminar por esa frontera tan peligrosa que es la de compartir una parte del nombre, y que es aprovechada por algunos para sembrar confusión sobre nuestros orígenes y  nuestro pájaro.

Los aficionados tienen que tener claro este extremo y saber a que se enfrentan en el caso de que decidan traspasar la linea que separa la EDUCACIÓN POSITIVA,  de la NO EDUCACIÓN, por lo que hay que recalcar hasta la saciedad, que la principal virtud del Canario Timbrado Floreado, reside en la NO EDUCACIÓN. En palabras de un buen amigo, “ el final depende del principio, y éste, es el NO, en lo relativo a la copia “.

La casa que vio nacer a lo que ahora en F.E.C.C., se denomina  canario Timbrado Floreado, lo hizo sin que se se utilizaran medios de EDUCACIÓN POSITIVA en su desarrollo, y su historia. tanto escrita como oral,  como la consuetudinaria, siempre nos ha trasmitido tal extremo.

Si hay criadores que mientras nuestra denominación no era la de Canario Timbrado Floreado, habían decidido caminar torcidos, amparándose en el antiguo código del Canario Timbrado Español,  preocupándose más que nada por obtener “hojalata” mediante artimañas envasadas, deben saber que a partir de ahora, eso esta PROHIBIDO Y SANCIONADO, y en nuestros concursos, lo que se debe escuchar, son pájaros  NO EDUCADOS.

Nuestra fortaleza, la de los criadores de Canario Timbrado Floreado,  con independencia del número que seamos, debe asentarse en criterios de NO EDUCACIÓN. No podemos volver a llegar tarde en una cuestión tan importante para nuestra evolución. Debemos coger el control, e ir mas allá para alcanzar la perfección de este pájaro.

Que será del canario floreado si dejamos campar a los tramposos entre nosotros por no darle una regulación a esta situación. Queremos que desde los ámbitos federativos se camine en esa dirección; preferimos saltar de una vez si mirar y seguirlos, a seguir caminando entre dudas y entre tramposos. En F.E.C.C., hay cabida para todos. Los que quiera utilizar la copia, tienen el código y la denominación de Canario Timbrado Original para desarrollar su actividad canaril, y pueden organizar concursos de esta variedad. A lo que hay que poner fin, es a ir todos, en el mismo camarote. 

RAZONES POR LA QUE INCLUIR EN EL CÓDIGO DE CANTO LA PROHIBICIÓN DE LA UTILIZACIÓN DE EDUCACION POSTIVA.

PRIMERA.-  Por una cuestión de historia. Los precursores de esta forma de entender la canaricultura nos han enseñado que este pájaro debe asentarse bajo criterios de NO EDUCACIÓN. Nuestra principal labor es defender tal extremo, y una de las mejores formas de hacerlo es regulándolo de forma precisa. 

SEGUNDA.- Para  diferenciarnos de una manera clara y expresa del Canario Timbrado Original, en el cual la cuestión de la EDUCACION POSITIVA, no esta prohibida, sino que además esta estimulada y puesta en práctica por la gran mayoría de criadores,  por no decir, por todos. Como dijimos con anterioridad, compartimos parte del nombre con él, los dos utilizamos la denominación de Timbrado, y hay que evitar que este extremo pueda llevar a confusión. El Timbrado Original desde sus orígenes ha evolucionado hasta perder su parte mas primitiva y natural, y ser en la actualidad, una copia del nuestro. Pero que el resultado final pueda ser al oído similar al nuestro, no quiere decir, que sea igual, pues sus métodos de selección son antagónicos y opuestos a los nuestros. No somo ni mejores ni peores, sino OPUESTOS e INCOMPATIBLES. Por ello hay que dejar clara tal circunstancia, si el Timbrado Original permite la copia, en el Timbrado Floreado, este hecho este PROHIBIDO Y SANCIONADO. 

TERCERA.-  Hasta ahora, y dado que el código no lo prohibía, se han venido dando situaciones incomodas e injustas para los criadores de Timbrado Floreado, como son, el participar en un mismo concurso conjuntamente con criadores que abiertamente defienden el uso de medios de EDUCACION POSITIVA, y los ponen en práctica en sus ejemplares. Hasta hoy eso era perfectamente licito, pues no existía norma alguna que lo prohibiese, y aunque las asociaciones quisiesen respetar nuestra historia, no tenían la reglamentación adecuada para frenar tal hecho. Estas situaciones no deben de volver a producirse en el futuro. Por ello es necesario dotarnos de esta medida. Hasta la temporada pasada se dio tal extremo en algún que otro concurso de la geografía española. Este es un hecho que a partir de ahora no debe de volver a producirse. Si hay asociaciones donde la mayoría de sus criadores son de Canario Timbrado Floreado, pero también tienen asociados que abiertamente defienden la utilización de la EDUCACIÓN POSITIVA, y crían canarios mediante el uso de esas técnicas, con tutores o medios tecnológicos, deben organizar/participar en concursos de Timbrado Original, nunca de Timbrado Floreado. No puede volver a repetirse la situación de que  criadores que abiertamente defienden la EDUCACIÓN POSITIVA, y otros métodos prohibidos,  y que además se vanaglorian de ello, y menosprecian nuestro trabajo, concursen en nuestros concursos de Canario Timbrado Floreado, y luego se jacten de ello. Y eso ha  sucedido en mas de una ocasión, incluso en la temporada pasada. Ese extremo no puede volver a repetirse.

CUARTA.- Las desavenencias entre la NO EDUCACIÓN Y  LA EDUCACIÓN POSITIVA no son nuevas, vienen de antaño. En los últimos años, dada la evolución artificial que se ha producido en el canario Timbrado Original, muchos de cuyos criadores han abrazado el resultado final de nuestro canario, pero sin respetar su historia, se ha producido una corriente mayoritaria entre éstos, que aboga por ser una “copia” de nuestro canario, y han venido defendiendo postulados   parciales e interesados, que no pueden ser compartidos por los criadores de Canarios Timbrados Floreados. Fruto de ellos son innumerables trabajos que hay en internet, (artículos de opinión, foros, redes sociales, etc.), que solo pueden  llevan a la confusión, y al desanimo de la afición al Canario Timbrado Floreado, que ve que nuestra reglamentación no es lo suficientemente clara al respecto. Un ejemplo de ello, es un articulo aparecido en la última revista de FOCDE, número. 110,  titulado “ Canario Discontinuo: ¿con tutorización “, en el que se  habla de canciones clásicas y canciones discontinuas, y del desarrollo en el ámbito del  F.E.C.C de una canción “casi exclusivamente en floreos”, que el autor, D. Vicente Jerez Gómez Coronado,  algunos de cuyos artículos han sido publicados en la revista Tenores,  asocia a un perdida de musicalidad, y en base a su experiencia personal, relata una serie de observaciones en los canarios de F.E.C.C, como son “ carencia de musicalidad, ritmo machacón, dicción no optima, escasa variedad de floreos” y otras, y en el punto C), apartado 3º, dice, “  entiendo, igualmente que no es posible realizar esta selección de los mejores ejemplares adecuadamente, practicando la no tutorización durante el desarrollo del canto”, y en otros apartados del mismo articulo, prosigue desarrollando la idea de la conveniencia de utilizar la EDUCACIÓN POSITIVA, para obtener canarios de “canto discontinuo”, denominación que nosotros hemos venido utilizando de forma indistinta junto con la de Canario Timbrado Floreado, y otros, Canario de Canto Español.

Con independencia de lo relatado en el articulo antes citado, y en otros, y de la opinión de cada criador en particular, la historia del Canario Timbrado Floreado, en el caso que nos ocupa, debe estar por encima de estas opiniones personales y  desde F.E.C.C., y desde el código del Canario Timbrado Floreado, se debe velar por preservar la  historia e identidad de este canario y sus particularidades mas singulares, entre las que se encuentra la NO EDUCACIÓN. Por ello, y ante corrientes de opinión que puedan surgir en momentos puntuales o modas pasajeras, que lo único que pueden llevar es al desconcierto en el presente y al caos en el futuro, es una obligación urgente y necesaria, que el criador o  aficionado al canario de Canto Timbrado Floreado tenga claro que con independencia de cualquier circunstancia,  este canario es por definición NO EDUCADO, y que tal extremo esta prohibido y sancionado por su código de canto. 

Para finalizar, recalcarle nuestro deseo de cooperación. La asamblea ya paso, y son deseables esfuerzos extras que vayan en beneficio de nuestra federación. En espera de leer el acta de la misma con detenimiento, y a la mayor brevedad posible, le reiteramos nuestros deseos de colaboración.

El contenido de esta carta, ha sido consensuado con las asociaciones que apoyaron la propuesta y es fruto del pensamiento común.

Un cordial saludo,